fondos buitre
Télam
Argentina apela el fallo y pide la revisión con los jueces de la Cámara
El
gobierno argentino presentó ayer sobre el filo del cierre del plazo
legal en Nueva York (la madrugada local), el pedido de revisión del
fallo de la Cámara de Apelaciones, que prohíbe al país a pagarle a los
acreedores del canje -el 93% que acordó con la Argentina- a menos antes
le abone la totalidad de lo adeudado a los fondos buitre que ganaron una
sentencia de 1330 millones de dólares.
El gobierno argentino presentó ayer sobre el filo del cierre del plazo
legal en Nueva York (la madrugada local), el pedido de revisión del
fallo de la Cámara de Apelaciones, que prohíbe al país a pagarle a los
acreedores del canje -el 93% que acordó con la Argentina- a menos antes
le abone la totalidad de lo adeudado a los fondos buitre que ganaron una
sentencia de 1330 millones de dólares.
Bajo el título “Petición para la revisión de la causa por parte del panel y revisión de la causa ante el Pleno de la Parte Demandada-Apelante República Argentina”, ingresó ayer el documento firmado por los abogados que defienden al país, del estudio Cleary Gottlieb.
La apelación es contra la decisión de la Cámara del pasado 23 de agosto de 2013 que ratificó el fallo completo del juez Thomas Griesa, de que la Argentina violó el pari passu (tratamiento igualitario a los acreedores) y por el cual se estableció un remedio de pago a los litigantes en el fallo de la Cámara que, a criterio del país, viola la ley de inmunidad soberana de los Estados Unidos.
En concreto, son dos apelaciones: una directa a la sala de los tres jueces que dictaron la sentencia (Barrington Parker, Reena Raggi y Rosemary Pooler), y otro pedido de revisión del fallo plenario de los trece jueces que componen el tribunal (igual que el procedimiento del primer fallo apelado por el país, de octubre de 2012).
Para la Argentina, “las ordenes enmendadas no sólo le prohíben a un soberano realizar pagos en su propio país a tenedores de su deuda reestructurada -esencialmente anulando el efecto de dos reestructuraciones aprobadas por este Tribunal-, sino que también inhabilitan al fiduciario de dicha deuda y a otros participantes en el sistema financiero, muchos ubicados fuera de los Estados Unidos, como por ejemplo Euroclear, para procesar pagos, bajo amenaza de desacato", sostiene el texto de 17 páginas, al que tuvo acceso Télam.
"Ningún Tribunal de EEUU emitió alguna vez una orden de ese tipo”, agregó.
Estos son los principales argumentos que esgrimió la Argentina para justificar su postura:
-Que una interpretación de la cláusula "pari passu" como la que hacen el Juez Griesa y la Cámara, desafía “lo que es comercialmente razonable” según los mercados y las propias leyes de Nueva York.
“Sin ley de quiebras para los países, la decisión le impide al Estado pagar inclusive intereses descontados a aquellos acreedores que acuerdan reestructurar y aceptaron una “quita” en su deuda en cesación de pagos (93% de los acreedores), salvo que el Estado pague capital e interés total sobre alguna deuda que quede afuera de la reestructuración”, afirma el texto legal argentino.
-Que una interpretación como la de los jueces terminará afectando a todos los países con crisis de deuda.
Se trata de un argumento que fue apoyado por la ex número dos del FMI, Anne Krueger, y el mismo FMI -según se conoció públicamente- y el gobierno de Francia, que emitió un "documento amigo" a la Corte Suprema de Estados Unidos.
El texto argentino revela que hay en Nueva York juicios pendientes por 403.000, de diversos países, por lo que frente a futuros reclamos de acreedores de países con deudas "los jueces deberán: o bien aplicar siempre el criterio usado en este caso con Argentina, con lo que todos los acreedores preferirán siempre un juicio a una reestructuración, o deberán analizar caso por caso, sin estándares uniformes, lo que contradice las jurisprudencia del Tribunal de aplicar siempre las mismas soluciones ante un mismo tipo de problemas", afirma el texto oficial.
-Que la sentencia de los jueces "afectan la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos".
Explica la Argentina que "la propia ley de los EEUU sobre Inmunidad Soberana, prevé que cuando un Estado ha sometido su jurisdicción a las leyes locales, sus bienes no pueden ser “embargados ni ejecutados” salvo que sean bienes ubicados en EEUU y de tipo comercial".
Agrega que "el propio fallo afirma que la orden está diseñada para eludir las protecciones de esta Ley de Inmunidades Soberanas, forzando el resultado prohibido por la propia Ley".
La Argentina tomó el texto del fallo de la Cámara, que argumenta que "si no hubiesen asuntos soberanos, un tribunal muy bien podría decirle a un deudor que debe pagar el dinero en el tribunal y el tribunal lo distribuiría”, pero “el Tribunal no está facultado para hacer eso, por tanto ha adoptado esta medida” de afectar pagos a bonistas del canje para forzar el mismo resultado prohibido”, remarcó el soberano, para justificar la contradicción de los jueces.
Para la defensa legal del país, "según la misma ley de los EEUU, ningún Estado puede estar obligado a cumplir una sentencia, por lo que la interpretación de los jueces sería ir en contra de la propia ley dictada por el Congreso de los EEUU".
El texto cita el párrafo de la ley estadounidense que sostiene que “un soberano está sujeto a jurisdicción estadounidense, pero sus bienes son inmunes de ejecución por sentencia. En dichas circunstancias, los acreedores deben confiar en que un soberano pagará voluntariamente cualquier sentencia en su contra”.
Por lo que -concluye el gobierno argentino- “los tribunales no pueden utilizar sus poderes correctivos para anular la intención del Congreso”.
A la par del texto argentino, presentaron sus argumentos los bonistas del canje, que consideraron que el fallo de la Cámara "viola los derechos a la propiedad privada" y es anticonstitucional.
La Argentina ya había apelado la primera parte del fallo, solicitando también una revisión "en banc", que le fue denegada, por lo que el pasado 23 de junio, apeló ante la Corte Suprema de Estados Unidos.
En consecuencia, es muy probable que esta nueva apelación sobre el remedio de pago corra la misma suerte, pero el Gobierno y los acreedores deben cumplir con los procesos legales para poder finalmente apelar ante la Corte Suprema, donde están puestas las expectativas oficiales de revertir el fallo, que ignoró la solución de pago argentina, sin más.
Tanto el gobierno argentino como los acreedores del canje manifestaron -además- que es "inequitativo" que se le pague a los fondos buitre el 100%, como condición para pagarle al resto.
La propuesta equitativa de pago del país elevada a la Cámara de EEUU para garantizar tratamiento igualitario a todos los acreedores fue la reapertura del Canje de deuda, que comenzó a materializarse esta semana ya que logró media sanción en el Senado el levantamiento de la Ley Cerrojo -que impedía una reapertura-, y que la semana próxima tratará Diputados.
De esta forma, el gobierno ofrecerá la misma oferta para el 7% que se mantuvo fuera de los canjes anteriores, de quienes ingresaron en el 2010 y es muy probable que mantenga abierta dicha propuesta para garantizar igual trato.
La reapertura del canje `ad eternum` tiene que ver con la imposibilidad del país de ponerle punto final a la quiebra del 2001, pese a haber logrado una mayoría de más de 93%.
Esa imposibilidad se debe al vacío legal internacional que no cuenta con un marco normativo para reestructuraciones de deuda de países en quiebra, como sí lo tienen las empresas en sus jurisdicciones, que pueden cerrar el problema logrando acuerdos con las mayorías que obligan a las minorías a acatarlos.
Bajo el título “Petición para la revisión de la causa por parte del panel y revisión de la causa ante el Pleno de la Parte Demandada-Apelante República Argentina”, ingresó ayer el documento firmado por los abogados que defienden al país, del estudio Cleary Gottlieb.
La apelación es contra la decisión de la Cámara del pasado 23 de agosto de 2013 que ratificó el fallo completo del juez Thomas Griesa, de que la Argentina violó el pari passu (tratamiento igualitario a los acreedores) y por el cual se estableció un remedio de pago a los litigantes en el fallo de la Cámara que, a criterio del país, viola la ley de inmunidad soberana de los Estados Unidos.
En concreto, son dos apelaciones: una directa a la sala de los tres jueces que dictaron la sentencia (Barrington Parker, Reena Raggi y Rosemary Pooler), y otro pedido de revisión del fallo plenario de los trece jueces que componen el tribunal (igual que el procedimiento del primer fallo apelado por el país, de octubre de 2012).
Para la Argentina, “las ordenes enmendadas no sólo le prohíben a un soberano realizar pagos en su propio país a tenedores de su deuda reestructurada -esencialmente anulando el efecto de dos reestructuraciones aprobadas por este Tribunal-, sino que también inhabilitan al fiduciario de dicha deuda y a otros participantes en el sistema financiero, muchos ubicados fuera de los Estados Unidos, como por ejemplo Euroclear, para procesar pagos, bajo amenaza de desacato", sostiene el texto de 17 páginas, al que tuvo acceso Télam.
"Ningún Tribunal de EEUU emitió alguna vez una orden de ese tipo”, agregó.
Estos son los principales argumentos que esgrimió la Argentina para justificar su postura:
-Que una interpretación de la cláusula "pari passu" como la que hacen el Juez Griesa y la Cámara, desafía “lo que es comercialmente razonable” según los mercados y las propias leyes de Nueva York.
“Sin ley de quiebras para los países, la decisión le impide al Estado pagar inclusive intereses descontados a aquellos acreedores que acuerdan reestructurar y aceptaron una “quita” en su deuda en cesación de pagos (93% de los acreedores), salvo que el Estado pague capital e interés total sobre alguna deuda que quede afuera de la reestructuración”, afirma el texto legal argentino.
-Que una interpretación como la de los jueces terminará afectando a todos los países con crisis de deuda.
Se trata de un argumento que fue apoyado por la ex número dos del FMI, Anne Krueger, y el mismo FMI -según se conoció públicamente- y el gobierno de Francia, que emitió un "documento amigo" a la Corte Suprema de Estados Unidos.
El texto argentino revela que hay en Nueva York juicios pendientes por 403.000, de diversos países, por lo que frente a futuros reclamos de acreedores de países con deudas "los jueces deberán: o bien aplicar siempre el criterio usado en este caso con Argentina, con lo que todos los acreedores preferirán siempre un juicio a una reestructuración, o deberán analizar caso por caso, sin estándares uniformes, lo que contradice las jurisprudencia del Tribunal de aplicar siempre las mismas soluciones ante un mismo tipo de problemas", afirma el texto oficial.
-Que la sentencia de los jueces "afectan la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos".
Explica la Argentina que "la propia ley de los EEUU sobre Inmunidad Soberana, prevé que cuando un Estado ha sometido su jurisdicción a las leyes locales, sus bienes no pueden ser “embargados ni ejecutados” salvo que sean bienes ubicados en EEUU y de tipo comercial".
Agrega que "el propio fallo afirma que la orden está diseñada para eludir las protecciones de esta Ley de Inmunidades Soberanas, forzando el resultado prohibido por la propia Ley".
La Argentina tomó el texto del fallo de la Cámara, que argumenta que "si no hubiesen asuntos soberanos, un tribunal muy bien podría decirle a un deudor que debe pagar el dinero en el tribunal y el tribunal lo distribuiría”, pero “el Tribunal no está facultado para hacer eso, por tanto ha adoptado esta medida” de afectar pagos a bonistas del canje para forzar el mismo resultado prohibido”, remarcó el soberano, para justificar la contradicción de los jueces.
Para la defensa legal del país, "según la misma ley de los EEUU, ningún Estado puede estar obligado a cumplir una sentencia, por lo que la interpretación de los jueces sería ir en contra de la propia ley dictada por el Congreso de los EEUU".
El texto cita el párrafo de la ley estadounidense que sostiene que “un soberano está sujeto a jurisdicción estadounidense, pero sus bienes son inmunes de ejecución por sentencia. En dichas circunstancias, los acreedores deben confiar en que un soberano pagará voluntariamente cualquier sentencia en su contra”.
Por lo que -concluye el gobierno argentino- “los tribunales no pueden utilizar sus poderes correctivos para anular la intención del Congreso”.
A la par del texto argentino, presentaron sus argumentos los bonistas del canje, que consideraron que el fallo de la Cámara "viola los derechos a la propiedad privada" y es anticonstitucional.
La Argentina ya había apelado la primera parte del fallo, solicitando también una revisión "en banc", que le fue denegada, por lo que el pasado 23 de junio, apeló ante la Corte Suprema de Estados Unidos.
En consecuencia, es muy probable que esta nueva apelación sobre el remedio de pago corra la misma suerte, pero el Gobierno y los acreedores deben cumplir con los procesos legales para poder finalmente apelar ante la Corte Suprema, donde están puestas las expectativas oficiales de revertir el fallo, que ignoró la solución de pago argentina, sin más.
Tanto el gobierno argentino como los acreedores del canje manifestaron -además- que es "inequitativo" que se le pague a los fondos buitre el 100%, como condición para pagarle al resto.
La propuesta equitativa de pago del país elevada a la Cámara de EEUU para garantizar tratamiento igualitario a todos los acreedores fue la reapertura del Canje de deuda, que comenzó a materializarse esta semana ya que logró media sanción en el Senado el levantamiento de la Ley Cerrojo -que impedía una reapertura-, y que la semana próxima tratará Diputados.
De esta forma, el gobierno ofrecerá la misma oferta para el 7% que se mantuvo fuera de los canjes anteriores, de quienes ingresaron en el 2010 y es muy probable que mantenga abierta dicha propuesta para garantizar igual trato.
La reapertura del canje `ad eternum` tiene que ver con la imposibilidad del país de ponerle punto final a la quiebra del 2001, pese a haber logrado una mayoría de más de 93%.
Esa imposibilidad se debe al vacío legal internacional que no cuenta con un marco normativo para reestructuraciones de deuda de países en quiebra, como sí lo tienen las empresas en sus jurisdicciones, que pueden cerrar el problema logrando acuerdos con las mayorías que obligan a las minorías a acatarlos.
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